Convocatoria a Asamblea General Ordinaria de Matriculados

 Sres. Matriculados,
           El CUCIS informa:
Convocatoria a Asamblea General Ordinaria de Matriculados                   
Del Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de Salta
                                      (CUCIS)
Fecha: 18 de Julio 2023
  El Consejo Directivo del Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de Salta, en cumplimiento de las disposiciones legales del Artículo N° 71 de la Ley 7629 convoca a los Matriculados a Asamblea General Ordinaria, a realizarse el día martes 18 de Julio 2023, en primera convocatoria a las 19:00 horas y en segunda convocatoria a horas 20:00 horas (I), en sede de calle General Güemes 1683 de esta ciudad, para tratar el siguiente:
Orden del Día
1) Lectura, consideración y aprobación de la memoria anual y balance correspondiente al ejercicio económico N° 12, iniciado el 01 de Enero de 2022, expresado en moneda constante (Pesos) y cerrado el 31 de diciembre de 2022.
2)  Informe de la Comisión Revisora de Cuentas. –
3) Autorización de la asamblea para pasar a Legales los matriculados morosos con más de 6 meses de deuda. –
4) Facultar al Consejo Directivo a resolver la situación de Los matriculados que quieran dar de baja su matrícula. Artículo 90 de la Ley Provincial Nº 7629.-
5) Facultar al Consejo Directivo a Aumentar el monto del seguro de Caución Artículo 62 inc d) de la Ley Provincial Nº7629.- 
6) Facultar al Tribunal de Ética y Disciplina a fijar el monto   económico en caso de multa a un matriculado, Artículo 91 de la Ley N° 7629. –

7) Designación de 2 asambleístas para firmar el Acta de Asamblea.
La asistencia será personal

              Juan Martin Biella Calvet                
                     Presidente CUCIS                       

Nota: I.-Ley 7629 – Art.74 “Las Asambleas Ordinarias y extraordinarias podrán sesionar con la presencia de la mitad más uno de los colegiados, en condiciones de participar. Si una hora después de lo indicada en la citación no hubiera números reglamentarios, la Asamblea se realizará con cualquier número de miembros presentes. Las resoluciones de la Asamblea se tomarán por simple mayoría de votos, salvo los casos en que se requiera expresamente una mayoría especial por la presente Ley”.

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